Curso; El contrato de corretaje y el contrato de administración de los bienes inmuebles
Objetivo: (s:)
• Dar herramientas jurídicas a los inmobiliarios que son intermediarios en la venta, compra y arrendamiento de bienes inmuebles.
• Conseguir una seguridad jurídica con los clientes para el pago de las comisiones y de los gastos que genera la actividad de la intermediación de los inmuebles.
Dirigido a:
Agentes inmobiliarios, asesores comerciales y todas aquellas personas vinculadas al sector inmobiliario.
- Duración: 10 horas
- Fecha: 2026
- Horario: 7:30 A.M a 10:00 A.M.
- 4 sesiones de 2.5 horas cada una
- Metodología: Remota en vivo por la plataforma zoom
Contenido
PARTE I – EL CONTRATO DE CORRETAJE
- COMPARECENCIA DE LAS PARTES
a) Si es persona natural
- Si obra directamente.
- Si obra como en representación de otra
b) Si es persona jurídica
- Certificado de existencia y representación legal – Vigencia
- Facultades del representante legal.
- Si requiere autorización de la Junta Directiva o de la Asamblea.
- Modelo Acta de Junta Directiva y modelo Acta de Asamblea
II OBJETO
III. IDENTIFICACION INMUEBLE(S) CONSIGNADO(S)
IV DESTINO
V COMISIÓN
VI FACULTADES DEL CORREDOR
VII GASTOS
VIII PLAZO
IX EXCLUSIVIDAD
X RESPONSABILIDAD EN LA SITUACION JURIDICA DEL INMUEBLE
X CONFIDENCIALIDAD. (PROTECCION DE DATOS)
XI CESIÓN
XII TERMINACIÓN
PARTE II – CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN
- COMPARECENCIA DE LAS PARTES
a) Si es persona natural
- Si obra directamente.
- Si obra como en representación de otra.
b) Si es persona jurídica
- Certificado de existencia y representación legal. Vigencia.
- Facultades del representante legal.
- Si requiere autorización de la Junta Directiva o de la Asamblea
- Modelo Acta de Junta Directiva y modelo Acta de Asamblea
II. IDENTIFICACION INMUEBLE(S) CONSIGNADO(S)
III. DESTINO
- FACULTADES DEL ADMINISTRADOR
- Publicidad
- Contrato de arrendamiento
- Canon
- Compensación y gastos
- Impuestos
- Propiedad horizontal.
- Servicios públicos y administración
- Reparaciones
- Vigilancia
- Seguros y fianzas
- Aseo
V. REMUNERACIÓN
VI. OBLIGACIONES DEL ADMINISTRADOR
- Estado de cuenta
- Informes.
- Pago de la renta.
- Gestionar el arendamiento
VI. PLAZO
VII. RESPONSABILIDAD
VII. RECLAMACIONES DE TERCEROS
VIII. PROCESOS JUDICIALES
IX. DECLARACION DE LIBERTAD DEL INMUEBLE
X. DIRECCION PARA NOTIFICACIÓN
XI. CESIÓN
XII. FALLECIMIENTO DEL CONSIGNANTE
Información importante
Certificación:
Se otorgará certificación a quién haya asistido por lo menos al 80% de las horas programadas. Se entregan las MEMORIAS al finalizar el curso.
Anulación de la inscripción:
El participante inscrito podrá cancelar su cupo sólo si lo hace 3 días antes de la fecha estipulada para el cierre, de lo contrario la inscripción queda confirmada.
Cancelación o prórroga del curso:
La LPRB podrá cancelar el curso cuando no haya un número mínimo de participantes, y procederá a tramitar la devolución del valor recibido. Igualmente, la Entidad podrá posponer la realización del curso por razones de fuerza mayor (caso fortuito, ausencia de conferencista, etc.); en este caso se dará aviso a los participantes con antelación, a los teléfonos suministrados en el formulario de inscripción, sobre una nueva fecha.
Devolución de pagos y abonos:
Por concepto de inscripciones a cursos de educación continua, se realizarán devoluciones de dinero recaudado por medio de transferencia bancaria dentro de los sesenta días siguientes. Se podrá solicitar el abono del valor pagado por la inscripción cuando se notifique por escrito con al menos 3 días de anticipación al inicio de un curso, en caso de aplicarse a un programa de mayor valor al abono, se procederá a facturar la diferencia. La vigencia del abono será máxima de un año, contado a partir de la fecha de aprobación del mismo.